Casi nunca. La cuota de una asociación no desgrava en la declaración de la renta por el hecho de serlo. Solo hay un caso en que sí, y en los AMPA es raro: que la asociación esté acogida al régimen de la Ley 49/2002 y que la cuota no te dé nada a cambio.
La regla general: no
En el IRPF no hay una deducción por pagar cuotas de asociaciones. La cuota del AMPA, como la del club deportivo o la de la asociación de vecinos, es un gasto personal y no se resta de nada.
La excepción: la Ley 49/2002
La ley de mecenazgo permite deducir los donativos a ciertas entidades sin ánimo de lucro, y trata como donativo la cuota de socio de una asociación siempre que se cumplan dos cosas a la vez:
- Que el AMPA esté acogida a la Ley 49/2002. Para eso tiene que estar declarada de utilidad pública y haberle comunicado a Hacienda que se acoge a ese régimen. La mayoría de los AMPA no lo están: es un trámite largo, con requisitos de antigüedad y de cuentas.
- Que la cuota no se corresponda con el derecho a recibir algo, ahora o más adelante. Si ser socio te da precio rebajado en las actividades, la agenda gratis o la entrada a la fiesta, la cuota se parece más a un pago por servicios que a un donativo, y ahí la deducción no encaja.
Cuando se cumplen las dos, la deducción es la de los donativos: el 80 % de los primeros 250 € al año y el 40 % del resto, que sube al 45 % si los dos años anteriores ya le diste a la misma asociación al menos lo mismo.
Cómo saber si es tu caso
Pregunta a la junta si el AMPA está declarada de utilidad pública y acogida a la Ley 49/2002. Si lo está, es ella quien tiene que darte un certificado de lo que has pagado y comunicarlo a Hacienda en su declaración de donativos (el modelo 182). Entonces la deducción te sale ya en el borrador de la renta. Si la junta no sabe de qué le hablas, lo normal es que no lo esté.
¿Y las deducciones de mi comunidad?
Algunas comunidades autónomas tienen deducciones por gastos de educación de los hijos, pero cada una dice qué gastos entran —libros, uniformes, idiomas— y la cuota del AMPA no suele estar entre ellos.
En Andalucía, por ejemplo, se deduce el 15 % de lo que pagas por clases de idiomas o informática, también extraescolares, hasta 150 € al año por hijo y con un límite de renta. La cuota del AMPA no entra; lo que pagues por una extraescolar de inglés o de informática que organice el AMPA puede entrar. Guarda el recibo y pregúntale a la junta quién da las clases.
Para las demás comunidades, míralo en el apartado de deducciones autonómicas del manual de la renta de la Agencia Tributaria, el de la tuya.